Ley Nº 39 - Ley para establecer la Carta de Derechos y Deberes del Agricultor.
La presente Ley tiene por objeto establecer la Carta de Derechos y Deberes del Agricultor. Los derechos enumerados en la Carta se refieren, entre otros, a lo siguiente: a) certificación de la calificación de agricultor; b) acceso a servicios como los de semillas, fertilizantes, control de plagas, maquinarias y equipos de pesca; c) acceso a financiamiento, créditos contributivos e incentivos; d) libre organización y asociación con otros agricultores. Entre los deberes enunciados cabe destacar los referidos a la cooperación con el Departamento de Agricultura, la presentación de los informes requeridos y el mantenimiento de los historiales de producción de las fincas.