Decreto Nº 23.518/MAG - Reglamento para el control de calidad de sustancias químicas y biológicas de uso en la agricultura.
El presente Reglamento, que consta de 5 capítulos y 23 artículos, constituye la normativa técnico y legal que regulará todo lo relacionado con el análisis del control de calidad de los agroquímicos (art. 2º). El Laboratorio Oficial para el Control de Calidad de la Dirección General de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura y Ganadería tendrá a su cargo las siguientes funciones: a) monitorear la calidad de los agroquímicos que se comercializan; b) analizar cualitativa y cuantitativamente todos los productos químicos y biológicos de uso agrícola; c) analizar las muestras de los agroquímicos que se sometan para su registro; d) efectuar análisis oficiales (art. 3º).