El Reglamento consta de 14 títulos, 260 artículos y 1 transitorio. INDICE: Disposiciones generales (I); Servicio Fitosanitario del Estado y sus atribuciones (II); Personal del Servicio (III); Aspectos financieros (IV); Agricultura orgánica (V); Combate plagas en los vegetales (VI); Control de establecimientos e insumos para uso agrícola (VII); Regulación fitosanitaria de organismos o productos de la biotecnología vegetal (VIII); Lineamientos para la elaboración, aplicación y observación de las medidas fitosanitarias (IX); Regulaciones fitosanitarias relacionadas con el comercio internacional (X); Laboratorios oficiales (XI); Autorizaciones para la ejecución de programas fitosanitarios (XII); Procedimientos administrativos como consecuencia de la aplicación de medidas fitosanitarias (XIII); Sanciones administrativas (XIV).; Este Reglamento tiene por objeto definir las reglas necesarias para la interpretación y aplicación de la Ley de Protección Fitosanitaria de 1997 (Ley Nº 7.664). Corresponde a la Dirección de Servicios de Protección Fitosanitarios, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, coordinar, planificar y programar la prestación de las funciones descritas por ley (arts. 3 y 4). Se crea el Registro nacional de sustancias químicas, biológicas, bioquímicas o afines y de equipos de aplicación para uso en la agricultura, a cargo del Departamento de Control de Insumos Agrícolas (art. 92). Asimismo, se crea la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad para asesorar a las instituciones públicas en el campo de la bioseguridad (art. 111).
Decreto Nº 26.921/MAG - Reglamento a la Ley de protección fitosanitaria.