Resolución Nº 28/008 - Dispónese que las personas que desarrollen actividades de producción y comercialización de agrocombustibles, deben presentar ante la URSEA la información que se determina.
La presente Resolución establece para todas las personas que desarrollen actividades de producción y comercialización de agrocombustibles la obligación de presentar ante la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) la información que se detalla en el anexo adjunto. Aquellos que no observen estas normas serán pasibles de aplicación de las sanciones previstas por la Ley Nº 18.195, Fomento y regulación de la producción, la comercialización y la utilización de agrocombustibles.