El presente Decreto reglamenta el manejo ambiental de forma integral de las granjas porcinas, con el objetivo de regular las granjas porcinas en cuanto a su constitución, el ejercicio de la actividad, adecuación y cese de funciones, atendiendo las disposiciones legales de salud animal, humana y ambiental. Las personas naturales y jurídicas que en el territorio nacional operen o deseen operar granjas porcinas dedicadas a la tenencia, reproducción, crianza, cuidado, desarrollo, engorde de cerdos y comercialización, así como al aprovechamiento de sus subproductos, deberán cumplir con las normas contenidas en el presente reglamento.; La Dirección Nacional de Salud Animal emitirá la Certificación de Ubicación para la instalación de nuevas granjas comerciales y comerciales pequeñas. Las granjas traspatio serán reguladas por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) de acuerdo a las Guías de Buenas Prácticas Porcina.
Decreto Nº 270 - Reglamenta el manejo ambiental de forma integral de las granjas porcinas.