La presente Resolución expide la Normativa general para el registro y control de fertilizantes, enmiendas de suelo y productos afines de uso agrícola, que tiene como objetivo establecer los requisitos y procedimientos para el registro y control de personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas que fabriquen, formulen, envasen, importen, exporten, distribuyan y comercialicen fertilizantes, enmiendas de suelo y productos afines de uso agrícola a nivel nacional.; La presente Resolución es aplicable a las personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, que fabriquen, formulen, envasen, importen, exporten, distribuyan y comercialicen fertilizantes, enmiendas de suelo y productos afines de uso agrícola, a ser comercializados dentro del territorio Ecuatoriano. No es aplicable para aquellos fertilizantes, enmiendas de suelo y productos afines de uso agrícola que se utilicen dentro del territorio nacional, que son elaborados por el agricultor exclusivamente para su consumo propio.; Se dispone que toda persona natural y/o jurídica, pública y/o privada, interesada en operar como fabricante, formulador, envasador, importador, exportador, distribuidor, almacenista de fertilizantes, enmiendas de suelo y productos afines de uso agrícola, está obligada a registrar su actividad ante AGROCALIDAD, previo al inicio de sus actividades en el territorio nacional.
Resolución Nº 68 - Normativa general para el registro y control de fertilizantes, enmiendas de suelo y productos afines de uso agrícola.