La presente Resolución aprueba el Reglamento del control administrativo de fuentes contaminantes generadoras de residuales líquidos y sólidos, que tiene por objeto el control de las fuentes contaminantes que generan residuales líquidos y sólidos que afectan el suelo y las aguas terrestres y marinas.; A los efectos del presente Reglamento se consideran Fuentes Contaminantes Difusas a aquellas fuentes contaminantes puntuales de menores dimensiones que no alcanzan la escala industrial, tales como instalaciones porcinas con menos de cien animales, las miniindustrias y los asentamientos poblacionales que no tributan a sistemas de tratamiento de residuales, entre otras. La información de este tipo de fuente contaminante no se obtiene por declaración, sino se estima por extrapolación de datos económicos o estadísticos, a partir de volúmenes de producción.
Resolución Nº 223/14 - Reglamento del control administrativo de fuentes contaminantes generadoras de residuales líquidos y sólidos.