El presente Decreto, considerando que la racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico es una de las principales herramientas para asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal y para afianzar la seguridad jurídica, y que constituye una política pública gubernamental la simplificación y compilación orgánica del sistema nacional regulatorio, expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, cuyo objeto es compilar la normatividad expedida por el gobierno nacional en ejercicio de las facultades reglamentarias para la cumplida ejecución de las leyes del sector Ambiente.; El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es el rector de la gestión del ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de orientar y regular el ordenamiento ambiental del territorio y de definir las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible, sin perjuicio de las funciones asignadas a otros sectores. El Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible, cabeza de sector, formulará, junto con el Presidente de la República la política nacional ambiental y de recursos naturales renovables, de manera que se garantice el derecho de todas las personas a gozar de un medio ambiente sano y se proteja el patrimonio natural y la soberanía de la Nación. Corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible dirigir el Sistema Nacional Ambiental (SINA), para asegurar la adopción y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos respectivos, en orden a garantizar el cumplimiento de los deberes y derechos del Estado y de los particulares en relación con el ambiente y el patrimonio natural de la Nación.; Constituyen Unidades Administrativas Especiales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible: Parques Nacionales Naturales de Colombia y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). Constituyen Entidades Adscritas y Vinculadas: el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de Andreis” (Invemar), el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”, el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico “John von Neumann”, el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas Sinchi, y el Fondo Nacional Ambiental (Fonam).
Decreto Nº 1.076 - Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.